lunes, 30 de mayo de 2011

Familiares de pescadores ahogados recibirán más de 800.000 pesos


Esposas e hijos de tres pescadores que perdieron la vida en el embalse Agua del Toro, de San Rafael recibirán una indemnización de más de 650.000 pesos -800.000 con los intereses- por la muerte de los deportistas, ocurrida en una fría noche de invierno de 2005, cuando se cayeron de una embarcación y murieron ahogados y por congelamiento. 

Los pescadores ingresaron al espejo de agua cuando el encargado de custodiar el predio se había ausentado y estaban habilitados para realizar la actividad ya que tenían su carnet en regla.

El 19 de agosto de 2005 las dos víctimas -padre e hijo- en compañía de un amigo ingresaron al embalse Agua del Toro en un bote con equipamiento para pasar una noche de pesca. Todos vivían en Tunuyán y acostumbraban ir a pescar al embalse situado en el tramo medio del río Diamante.

En ese momento un encargado del lugar de apellido Alvarado se había retirado a las 14.30, regresando a las 23.30. Justo a esa hora, oyó unos gritos que provenientes desde el interior de espejo de agua.

Pero como no contaba con una embarcación, ni siquiera un bote a remo, decidió ir a denunciar el hecho a un destacamento policial ubicado a unos seis kilómetros del lugar. Los policías tampoco tenían embarcación.

Así las cosas se convocó a los bomberos que llegaron a Agua del Toro recién e las 2.45. Media hora después se encontró el cuerpo de uno de los hombres con signos evidentes de haber muerto por congelamiento ya que tenía puesto un chaleco salvavidas.

Por las bajas temperaturas se decidió suspender la búsqueda hasta el otro día en que aparecieron los restos de la embarcación y el cuerpo de otro hombre aunque no el de su hijo, que tenía 21 años.

Tras el terrible accidente los familiares de la víctimas demandaron a la Dirección de Recursos Naturales Renovables ya que el embalse es un bien de dominio público. La suma exigida fue de 605.000 pesos.

Responsabilidades
A la hora de establecer responsabilidades se determinó que la persona que debía autorizar el ingreso no se encontraba en su puesto de trabajo y que los pescadores tenían carnet habilitante para realizar esa actividad deportiva y, por lo tanto, contribuían con el Estado para que les brindara distintos servicios.

Además, el Estado, según las leyes vigentes, debe comprometerse a dar seguridad en los espectáculos deportivos al tiempo que tiene el compromiso de promover tales actividades, tanto como la prevención de riesgos.

Daño moral y lucro cesante
El fallo expresa que frente al daño moral que el Estado les produjo a los familiares de los pescadores, corresponde indemnizar a cada uno de los afectados. Se determinó que no sólo las viudas fueran indemnizadas por la muerte de sus maridos por 50.000 pesos cada una y 75.000 por el joven fallecido, sino que también los hijos de las víctimas recibieran sumas similares.

El juez interviniente -Ricardo Mirábile, responsable del Décimo Sexto Juzgado Civil- decidió indemnizar a las víctimas por lucro cesante (la ganancia que se dejó de percibir por la desaparición de las víctimas-).

A una de las viudas con 50.000 y a la otra mujer por la perdida de su marido y su hijo, con $ 200.000. Se determinó una indemnización total de 650.000 pesos para los afectados más los intereses generados desde el inicio de la demanda. Pero se estima que en total, la cifra que deberá pagar la provincia es de unos $ 800.000, aproximadamente.



Fuente:  losandes.com.ar

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